Ser socio numerario de AEMS-Ríos con Vida supone una serie de derechos y deberes según se recoge en los Estatutos de la Asociación:
DERECHOS:
- Participar en las actividades de la Asociación y a desempeñar cargos y comisiones en la Junta Directiva, siendo elector y elegible a partir de los 18 años.
- Concurrir con voz y voto a las Juntas Generales, Ordinarias y Extraordinarias y a ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y de representación.
- Comprobar la administración de la Asociación, examinando por sí, los libros oficiales y justificantes contables, en la sede social y durante los quince días anteriores inmediatos a la celebración de Juntas Generales Ordinarias.
- Formular ante la Junta Directiva cuantas gestiones, propuestas y recomendaciones tengan por conveniente en asuntos relacionados con el fin de la Entidad.
- Solicitar el apoyo de la Asociación en cuantos asuntos o incidencias tengan lugar y que tengan relación con el objeto asociativo
DEBERES:
- La promesa de fiel cumplimiento de los Estatutos, objetivos y disposiciones de la Asociación, y velar por su prestigio.
- Acatar y no contravenir los acuerdos adoptados en la Asamblea General de Socios ni impedir u obstaculizar su ejecución o cumplimiento.
- Satisfacer las cuotas sociales propuestas por la Junta Directiva Nacional y que refrendará la Junta General de Socios, y a satisfacer las derramas y otras aportaciones que con arreglo a los estatutos pueda corresponder a cada socio.
- Colaborar en cuanto esté a su alcance para el mejor logro de los fines de la Entidad, y a integrarse en las comisiones de trabajo que se puedan designar por la Junta Directiva.
- Notificar a la Entidad sus cambios de domicilio y sus datos bancarios.