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Si la primera sentencia, lamentablemente, no decretó la suspensión cautelar de estos aprovechamientos, el Supremo ha ratificado que el mal llamado caudal ecológico, ese mínimo continuo del 10% del caudal medio anual o similares que figura como “provisional” en la planificación hidrológica de las cuencas, impuestos aquí por la Confederación Hidrográfica del Tajo, son claramente insuficientes y no se fundamentan en criterios técnicos o científicos. Ahora queda en el tejado de dicha Confederación y del Ministerio de Medio Ambiente el determinar y luego aplicar un régimen ambiental de caudales capaz de mantener el estado del ecosistema, una regulación siempre sujeta a seguimiento y por tanto a posible mejora necesaria.
AEMS-RIOS CON VIDA recurrió la concesión otorgada a Unión Fenosa porque estas centrales hidroeléctricas son incompatibles con la conservación y mantenimiento del ecosistema fluvial, ya que alteran radicalmente el régimen natural de caudales y con ello la temperatura y oxigenación del medio acuático, empobreciendo la vida del río tanto en el tramo derivado como aguas abajo de la restitución. Así, transforman el lecho y orillas del río agostándolo y reduciéndolo, también crean barreras a los peces en forma de presas y tramos de escasa profundidad que dificultan o impiden el remonte hacia sus lugares de reproducción, los engullen en las tomas y turbinas, y a la vez favorecen pistas de acceso, líneas eléctricas y demás elementos que degradan el río, las riberas y el paisaje en este rincón del Parque Natural, dentro de la red de espacios protegidos por las Directivas de Hábitats y de Aves de la Unión Europea.
Además, las medidas correctoras impuestas por la Confederación a estas empresas se vieron insuficientes y difíciles de controlar, ya que no hay dispositivos que midan el caudal que se deriva, se provocan bruscas oscilaciones de caudal en los cauces, que sufren grandes sueltas de agua en pocos segundos. Y qué decir de las escalas para peces. Como pasa en otras muchas presas de minicentrales construidas en los años 90 (visítense por ejemplo las gargantas de Aravalle y Barbellido, Cepeda de la Mora, etc. en el Tormes y el Alberche), pocos peces siquiera intentan remontar la escala de la presa de Peralejos o la de Zahorejas. ¡Y es que ni Pérez de Tudela en sus mejores tiempos! Por otra parte, se tiene constancia de que se han turbinado las aguas en pleno estiaje, a pesar de estar prohibido
Merecen comentario también las cortapisas jurisdiccionales que nuestra organización ha sufrido a lo largo de estos años, con la incomprensible pretensión de la Confederación Hidrográfica, la Abogacía del Estado y Unión Fenosa de nuestra falta de “interés legal” en la protección de los ríos y el medio ambiente, que quería impedir que se iniciara el juicio.
A todo esto, AEMS-RIOS CON VIDA pide el cese de las subvenciones a las minicentrales hidroeléctricas en los ríos y particularmente en sus cabeceras, tramos altos y mejor conservados. Estas instalaciones pueden producir una energía verdaderamente limpia, pero ubicadas en canales de riego, salidas de depuradoras y otras obras hidráulicas. Desde luego nunca en los tramos y entornos más preciados. Igualmente, alentamos a los organismos de cuenca a cumplir sus obligaciones de revisar y caducar tanto las concesiones en desuso como las que incumplen la ley. Si hace falta incluso expropiando cuando afecten a valores y recursos naturales, entre ellos los pesqueros, para demoler las presas y restaurar el ecosistema.
No queremos dejar pasar la ocasión de agradecer sincera y encarecidamente la labor y el ánimo de Luis Antúnez Valerio, histórico Presidente que fue de nuestra Asociación, quien con su esfuerzo y capacidad, empezó esta larga lucha que ahora ha terminado por dar frutos. No todos pensarán lo mismo pero… ¡ha merecido la pena!
Publicado en el nº 105 de Federpesca, julio de 2005
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