Deducciones fiscales para personas y empresas por las aportaciones económicas realizadas a nombre de AEMS-Ríos con Vida
El 22 de septiembre de 2015, con la publicación en el B.O.E, AEMS-Ríos con Vida como organización sin ánimo de lucro fue declarada «Asociación de Utilidad Pública». Esto supone un reconocimiento social de la labor de la organización así como la posibilidad de que las personas o empresas que realicen una donación puedan acogerse a una serie de beneficios fiscales:
Personas Físicas: todas las donaciones que se hagan a la Asociación, incluyendo las cuotas anuales de socios y colaboradores, supondrán a cada donante una deducción en la cuota íntegra del IRPF del 75% de lo que se aporte hasta 150 € (deducción modificada al 80% desde 2020 por normativa COVID-19), y de un 30% de lo donado a partir de esa cantidad (modificada al 35% por normativa COVID-19). Si quieres ver ejemplos concretos de cómo aplican estos beneficios pincha aquí o contacta con nosotros según se indica abajo)
Empresas y Autónomos: El importe de cualquier donación que se realice, incluyendo la cuota anual como socio o colaborador, tendrá una deducción del 35% en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, hasta los límites que indica la ley. Si en lugar de donación se realizase un patrocinio, las cantidades aportadas serán consideradas como gasto deducible.
AEMS-Ríos con Vida enviará anualmente a todos los socios, colaboradores y donantes un certificado de las aportaciones económicas realizadas a la Asociación en ese año para acreditar las deducciones pertinentes en cada caso ante la Agencia Estatal de Administración Triburaria (AEAT).
Más información llamando al 91 861 03 95 o a través del correo oficina@riosconvida.es