La provincia de Cádiz cuenta con uno de los humedales más importantes de Europa, el formado por las diversas lagunas de La Janda. Se trata de no solo la laguna de la Janda, sino además las lagunas de Jandilla, Tapatana, Tapatanilla, Rehuelga y el Torero. En su conjunto forman más de 9.000 hectáreas de humedales creados por la orografía del terreno y por el formar parte inseparable del río Barbate y algunos de sus afluentes.

Este conjunto de lagunas cuenta con una importancia ambiental reconocida científicamente tanto por sus valores intrínsecos como ser un elemento crucial de las rutas migratorias de aves entre Europa y África. Sin embargo, este símbolo natural, comparable a Doñana, se encuentra drenado y en posesión privada pese a su indudable carácter público. Veamos el porqué.

Tras los distintos proyectos de desecación del siglo XIX, como la llamada concesión Moret, es ya en el siglo pasado cuando se acometen los intentos para desecarlas y ponerlas en cultivo. En esta tarea se practicó un deslinde a finales de los años cuarenta y otro una década más tarde cuando se afirmó como perteneciente al dominio público una superficie de nueve mil hectáreas de la laguna de la Janda, todo ello dentro del proceso del otorgamiento de una concesión a 99 años a diversas empresas cuyo fin era la desecación de estos humedales y su transformación agraria con importantes ayudas públicas, que a pesar de todo se mostraron insuficientes para que los promotores privados de la desecación cumplieran con sus obligaciones derivadas de la concesión de desecación.

Este fracaso de la iniciativa privada para desecar las lagunas provocó que en 1964 se procediera al rescate de la concesión por parte del Estado, con los consiguientes efectos en su titularidad pública, que fue confirmada por el Tribunal Supremo en 1967 y así lo recoge una autorizada doctrina jurídica y jurisprudencia: las inmatriculaciones a favor de particulares en el Registro de la Propiedad que existen de estas lagunas han de ceder ante su carácter de dominio público, cuestión que se ha visto reforzada tras una reforma de 2015, que se suma a la imprescriptibilidad que se predica de todo bien de dominio público. La reversión, hay que subrayarlo, se entiende como una garantía de la inalienabilidad de los bienes públicos, es decir, de que no puedan ser enajenados por parte del Estado a un particular. Y se trata de miles de hectáreas de dominio público hidráulico estatal y a él le corresponden, para conservar el pleno dominio de sus bienes, las labores de defensa, conservación, investigación, recuperación posesoria y desahucio administrativo, con el eventual recurso al lanzamiento de quienes los ocupen sin título jurídico y aplicando las ineludibles medidas cautelares.

Esta importante responsabilidad es la que tiene ahora la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda, hecho que ha sido reconocido recientemente por la Ministra de Transición Ecológica, tarea en la que no se puede echar en falta la debida cooperación y lealtad institucional de la Junta de Andalucía. No hay que olvidar la larga serie de cortapisas que el gobierno autonómico ha puesto para hacer que las cosas sigan como están, incluso incoando inefables expedientes concesionales de aguas que obvian el carácter público de las lagunas.

A pesar del carácter indudablemente público de estos humedales, nada se ha hecho durante décadas para recuperar este valioso patrimonio natural, a excepción de una tímida intervención parlamentaria autonómica a principios de los años ochenta. La degradación ambiental ha aumentado sobre todo por la construcción del embalse del Barbate, la intensificación de los cultivos y la construcción de un túnel de drenaje bajo la N-340 que no se recogía en el proyecto original, drenaje que a su vez ha afectado a las Marismas de Barbate.  En todo caso, las lagunas de la Janda siguen siendo humedales reconocidos científicamente, pese a todo lo cual la Junta se ha negado inexplicablemente a incluirlas en el Inventario de Humedales de Andalucía, tratando con desdén hechos objetivos que no admiten duda alguna y yendo en contra del Derecho de la UE y el internacional vigente.

Se trata así de un caso de libro de la necesaria recuperación del dominio público, sin tacha jurídica ni científica y que cuenta con antecedentes cercanos en el tiempo como el de las Lagunas de Ruidera. La Janda puede convertirse, de esta manera y a corto plazo, en un referente de la restauración ambiental, del desarrollo rural y de, sin más, de respeto del Estado de Derecho.

 

Pedro Brufao Curiel

Profesor Titular de Derecho Administrativo